Impuestos al comprar vivienda en Madrid (2026)
Si compras una vivienda de segunda mano en la Comunidad de Madrid, el impuesto principal que debes pagar es el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales), con un tipo general del 6%, aunque existen varias bonificaciones que pueden reducirlo significativamente.
Tabla resumen
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Tipo general ITP | 6% |
| Bonificación vivienda habitual ≤250.000 € | 10% en cuota (tipo efectivo ~5,4%) |
| Tipo familias numerosas | 4% (vivienda habitual ≤250.000 €) |
| Bonificación despoblación (<35 años) | 100% en municipios <2.500 hab., valor ≤250.000 € |
| Plazo de liquidación | 30 días hábiles desde la escritura |
| Modelo | Modelo 600 |
Tipos reducidos y bonificaciones disponibles
Importante: estas bonificaciones son incompatibles entre sí — se aplica la más favorable para tu caso, no se acumulan.
1. Bonificación del 10% en la cuota (art. 30 bis TR) Para la adquisición de vivienda habitual con un valor o precio igual o inferior a 250.000 €. Reduce la cuota efectiva a un tipo equivalente aproximado del 5,4%.
2. Tipo reducido del 4% para familias numerosas (art. 29 TR) Para la compra de vivienda habitual de familias numerosas con valor igual o inferior a 250.000 €, siempre que se haya vendido (o se venda) la vivienda habitual anterior en el plazo de los 2 años previos o posteriores a la compra.
3. Bonificación del 100% por despoblación (Ley 5/2024) Para menores de 35 años que adquieran su vivienda habitual en municipios de menos de 2.500 habitantes y cuyo valor no supere los 250.000 €. En estos casos, prácticamente no se paga ITP.
Plazo y forma de liquidación
- Plazo: 30 días hábiles a contar desde la fecha del otorgamiento de la escritura pública.
- Forma y modelo: se presenta mediante el Modelo 600 de autoliquidación ante la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid (de forma telemática o presencial).
Ejemplo práctico
Para una vivienda habitual de segunda mano de 220.000 € en Madrid (no familia numerosa, no zona despoblada): al ser ≤250.000 €, aplicas la bonificación del 10% en cuota → ITP efectivo de aproximadamente 5,4%, es decir, unos 11.880 € en lugar de los 13.200 € que resultarían del 6% sin bonificar.
Preguntas frecuentes
¿Puedo aplicar dos bonificaciones a la vez (por ejemplo, familia numerosa y despoblación)? No, son incompatibles entre sí. Debes elegir la que te resulte más favorable según tu situación.
¿Qué pasa si el precio de la vivienda supera los 250.000 €? Se aplica el tipo general del 6% sobre el total, sin acceso a las bonificaciones descritas (salvo que negocies un precio distinto, siempre que sea real y no una simulación fiscal).
¿La bonificación se aplica automáticamente? No, debes indicarlo expresamente al presentar el Modelo 600 y acreditar que cumples los requisitos (empadronamiento previsto como vivienda habitual, composición familiar, etc.).
Fuentes: Gastos de compraventa en Madrid 2026: ITP 6%, AJD 0,75% y cálculos verificados · Gastos de comprar vivienda en España en 2026: impuestos y ejemplo.